domingo, 16 de mayo de 2010

Autoridades y lideres de pueblos Nahua y Chorotega del pacifico y centro- norte de Nicaragua Demandaron la Ratificación del Convenio 169 de la OIT


El Convenio 169 de OIT, es un instrumento jurídico internacional
sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes; este convenio fue firmado por Nicaragua
desde 1989; sin embargo no lo han ratificado, pese a las constantes demandas de ratificación por parte de nuestros pueblos.
“El Convenio núm. 169 representa, el instrumento jurídico
internacional vinculante mas completo que, en materia de protección a los pueblos indígenas y tribales, se haya adoptado hasta la fecha, y su adopción constituye
un hito trascendental en normativa internacional pertinente.
Este Convenio, junto a otros convenios de OIT en materia de protección de los derechos fundamentales en el trabajo de los trabajadores y trabajadoras pertenecientes a estos pueblos, busca la consecución y garantía del trabajo decente, como uno de los paradigmas básicos para la erradicación de la pobreza y de un desarrollo sustentable.
El Convenio núm. 169, propone conceptos básicos relativos
al respeto, reconocimiento y a la participación de los dichos pueblos. El respeto a la cultura, la religión, la organización social y económica, y a la identidad propia, constituye la premisa de la existencia perdurable de los pueblos indígenas y tribales.
El convenio reconoce la relación especial que tiene los indígenas con las tierras y territorios que ocupan o utilizan
de alguna manera y en particular, los aspectos colectivos
de esa relación.” (Extracto de la presentación de edición del convenio por: Jean Maninat Machado Director de la Oficina Regional de la OIT para América Latina y el Caribe. Diciembre del 2007, Lima, Perú).

3 comentarios:

VINICIO SANTOS dijo...

El origen de la calumnia de violador sexual debe a la calumnia de impostor por mi sugestion taimada de los ventosos femeninos donde me profanaron psíquicamente por mis corresponsales polares surrealistas de los vórtices virtuales que me exploran esotéricamente desde el año de 1,992 con la calumnia original de prevaricador para interpelarme necrofílicamente por las siguientes regiones de Guatemala:

PREVARICADOR:
Sector C-1 ciudad San Cristóbal zona 8 de Mixco, sector 2 Valle Dorado zona 8 de Mixco ciudad San Cristóbal, Valle de la Mariposa en Amatitlán, callejón de la Shell de la segunda pasarela de la autopista de San Lucas Sacatepéquez como tambien primer pasarela de la autopista de San Lucas Sacatepéquez posteriormente en un cantón de tal region, Santa Ana en Antigua Guatemala y Jocotenango en Antigua Guatemala, colonia Justo Rufino Barrios de la zona 21 de la ciudad de Guatemala.

VIOLADOR SEXUAL PRETENCIOSO:
colonia Tikal 2 zona 7 ciudad de Guatemala y colonia CentroAmérica zona 7 ciudad de Guatemala como tambien San José Pinula del departamento de Guatemala y residenciales San José de tal municipio de San José Pinula del departamento de Guatemala.

Atentamente:
Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
Documento de identificacion personal:
1999-01058-0101 Guatemala,
Cédula de Vecindad:
ORDEN: A-1, REGISTRO: 825,466,
SOLDADO: 536893 DEPARTAMENTO GUATEMALA MUNICIPIO GUATEMALA,
CARNET USAC: 9117666,
Ciudadano de Guatemala de la América Central.

VINICIO SANTOS dijo...

ESTIMADOS HERMANOS:
Sinceramente los violadores sexuales que nunca se regeneran masoquistamente son enemigos de las mujeres porque los tales nunca aprecian el altruismo sexual de las tales. Las mujeres son las mejores amigas de los varones. El violador sexual se origina por la falta de secuaces sexuales. El pedofílico se origina porque las adolescentes desean a un varon adulto. Regeneremos a todos los violadores sexuales para que nunca exista el ultraje porque matándolos unicamente generaría el femicidio y el ultraje sexual continuaría. Sugiero de que si no les gusta perrear entonces ventoseenlos en el rostro masturbatoriamente a bates de base ball para excitarlos castos con densos pantalones agudos como recato sexual.

Atentamente:
Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
Documento de identificacion personal:
1999-01058-0101 Guatemala,
Cédula de Vecindad:
ORDEN: A-1, REGISTRO: 825,466,
Ciudadano de Guatemala de la América Central.

VINICIO SANTOS dijo...

ESTIMADOS HERMANOS DE GUATEMALA Y DEL MUNDO COMO TAMBIEN DEL COSMOS EXTRATERRESTRE:
Solicito la comunicacion de mis clanes aborigenes de mis encarnaciones divinas de las deidades aborigenes del mundo y del cristianismo como tambien de Guatemala y de los extraterrestres a mis secuestradores de las bandas de plagiarios que protegen a mis calumniadores en mi cuenta de GOOGLE y en mi colonia como tambien en mi municipio porque me absolvieron de la calumnia dual de prevaricador y de violador sexual masoquista por una necrofilia voyeurista popular retenida difamatoriamente por mis calumniadores desde el año de 1,992 hasta la fecha actual 2,016 debido a que los tales tambien difamaron a sus protectores de las bandas de plagiarios en contra de la paz del mundo con retenerlos de mis clanes aborigenes donde tambien deterioraron a los casos judiciales de secuestro redimidos macabramente por mis calumniadores pero que yo les dí la verdadera salvacion como tambien absolucion judicial. Mis calumniadores tambien cometieron genocidio sexual a los violadores sexuales por calumniarme como uno de los tales como el último caso a rematarme. Los tales los vapulearon sexualmente desde Agosto del 2,009 hasta Noviembre del 2,016.

Atentamente:
Jorge Vinicio Santos Gonzalez,
Documento de identificacion personal:
1999-01058-0101 Guatemala,
Cédula de Vecindad:
ORDEN: A-1, REGISTRO: 825,466,
Ciudadano de Guatemala de la América Central.